RRHH

Nómina y trabajador de baja

 

¿Quién paga la nómina de un trabajador de baja?

Por suerte, la mayoría de los trabajadores de baja tienen derecho a seguir recibiendo su salario, aunque hay algunas excepciones en las que la baja no viene acompañada de la retribución. Sin embargo, es importante saber quién se encarga de pagar la nómina del trabajador en esta situación.

En general, es la empresa quien abona la nómina, pero no siempre asume el pago directamente. A veces, el pago se delega, y la empresa adelanta la nómina a los trabajadores de baja, mientras que la Seguridad Social se la abona posteriormente.

La clave para determinar quién paga la nómina de un trabajador de baja depende del tipo de baja que tenga. Una baja por contingencias profesionales no es lo mismo que una baja por contingencias comunes. Además, la duración de la baja también puede ser un factor determinante en cuanto al pagador.

 

Baja por contingencias comunes, ¿quién paga la nómina?

Las contingencias comunes se refieren a las bajas originadas por enfermedades comunes o accidentes no laborales. Estas pueden variar desde una simple gripe hasta lesiones mucho más graves. Los pagos durante el tiempo de baja también varían dependiendo de varios factores, como la duración de la baja y quién es el encargado de realizar el pago:

  • Días 1 a 3: la baja no es retribuida.
  • Días 4 a 15: la empresa es responsable de abonar el 60% de la base reguladora.
  • Días 16 a 20: el 60% de la base reguladora sigue siendo pagado, pero esta vez por la seguridad social.
  • Días 21 hasta 1 año: la seguridad social es responsable de pagar el 75% de la base reguladora.

Es importante tener en cuenta que la base de cotización por contingencias comunes se refleja en la nómina mensual del trabajador. Este porcentaje del salario se destina a la Seguridad Social y se utiliza para pagar las prestaciones o subsidios en caso de baja por enfermedad o accidente no laboral.

 

Baja por contingencias profesionales, ¿quién paga la nómina?

Estas bajas se producen a raíz de un incidente laboral o una enfermedad relacionada con el trabajo. Es importante destacar que la definición de enfermedad profesional no está claramente establecida. Se entiende que se trata de enfermedades causadas por las actividades especificadas en el listado de enfermedades profesionales.

No obstante, si una enfermedad no aparece en dicho listado, existe otra posibilidad para que se considere como profesional. En concreto, si la enfermedad está relacionada con la exposición a elementos o sustancias mencionadas en el listado de enfermedades profesionales, también será considerada como tal. En resumen, para que una enfermedad se considere profesional, debe cumplir una de estas dos condiciones.

El pagador de la nómina en caso de baja por contingencias profesionales depende de la duración de la misma.

  • Día 1 (comienza la baja): la empresa abona el salario habitual.
  • Día 2 hasta fin de baja: paga la seguridad social, abonando el 75% de la base reguladora.

Cabe destacar que el convenio colectivo puede mejorar esta cantidad del 75%, en cuyo caso el pago será compartido entre la Seguridad Social (75%) y el empresario (el resto). Las mejoras en la cuantía del pago repercuten en el empresario, quien no podrá reclamarlas a la mutua o Seguridad Social.

Pongamos como ejemplo a un trabajador con una base reguladora de 1.000€ mensuales. En el caso de una baja por contingencia profesional, la Seguridad Social le pagaría 750€ mensuales. Si el convenio colectivo establece una mejora del 75% al 85%, la Seguridad Social seguiría abonando los 750€ y el empresario se haría cargo de los 100€ restantes.

 

¿Cómo gestionar las bajas?

Para solicitar la baja laboral, el trabajador deberá contactar con la entidad correspondiente, ya sea la Seguridad Social o la Mutua. Una vez concedida, deberá remitir el parte de baja a la empresa. Este documento contiene información relevante acerca de la duración y el motivo de la baja, lo que será determinante para determinar quién se hace cargo del pago de las nóminas.

Es posible que el trabajador tenga que someterse a varias revisiones médicas para prorrogar la baja. En todo momento, será necesario mantener informada a la empresa acerca de esta situación, así como de la fecha prevista de reincorporación.

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