Baja por ansiedad
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En medio de la discusión actual sobre la salud mental en el entorno laboral, es importante abordar un problema global: la ansiedad. La ansiedad es una respuesta natural a ciertas situaciones, aunque no todos la reconocen como tal. En situaciones extremas, puede llevar a una baja por ansiedad.
Es relevante destacar que los problemas de ansiedad pueden tener su origen tanto en el ámbito laboral como en el personal. En cada caso, el proceso para solicitar una baja será ligeramente diferente. Sin embargo, lo que no cambia son los efectos negativos que nos provoca, tanto a nivel de rendimiento laboral como en nuestra vida personal.
¿Qué es la ansiedad? ¿Cómo saber si la tienes?
El trastorno de ansiedad es una condición en la cual las preocupaciones, miedos y terrores se vuelven constantes, sin una causa visible. Es un mecanismo natural del cuerpo para defenderse ante situaciones amenazantes, aunque en lugar de ayudarnos a estar alerta, acaba teniendo un impacto negativo significativo.
Al igual que cualquier otra afección de salud, el diagnóstico del trastorno de ansiedad debe ser realizado por un médico. Sin embargo, existen síntomas que pueden darnos indicios sobre su presencia. Además, puede provocar problemas de comunicación, dificultad para concentrarse y cambios en el comportamiento. En los casos más graves, puede llegar a interferir con actividades diarias como el trabajo.
La ansiedad también afecta la vida social de las personas, por lo que es crucial que sea diagnosticada y tratada. Es importante destacar que las causas de la ansiedad son diversas y variadas. Pueden ir desde situaciones que nos sobrepasan, como la sobrecarga laboral y la falta de tiempo libre, hasta un ambiente laboral tóxico. Un mal jefe o el acoso laboral también pueden ser responsables de su aparición. Además, el consumo de estimulantes y sustancias puede desencadenar ansiedad.
Síntomas de la ansiedad laboral
Existen varios síntomas físicos que se pueden experimentar en casos de ansiedad, entre ellos:
- Dificultad para respirar, respiración acelerada o sensación de incomodidad en el pecho.
- Náuseas y sensación de vacío en el estómago.
- Temblores en el cuerpo.
- Palpitaciones o aumento del ritmo cardíaco.
- Mareos.
- Sensación de ahogo o sofoco.
- Tensión muscular.
- Dolores de cabeza.
- Exceso de sudoración.
Estos son solo algunos ejemplos de los síntomas físicos que pueden acompañar a la ansiedad. Es importante tener en cuenta que los síntomas pueden variar de una persona a otra y que cada individuo puede experimentarlos de manera diferente. Si se experimentan estos síntomas de manera recurrente o interfieren significativamente en la vida diaria, es recomendable buscar ayuda médica o profesional.
¿Cómo tramitar la baja?
Los problemas de ansiedad pueden tener su origen tanto en el ámbito laboral como en otros aspectos de la vida. En ambos casos, si la ansiedad impide que una persona cumpla con sus funciones laborales, puede derivar en una baja por ansiedad. Este escenario se asemeja a las bajas por depresión, aunque presenta matices distintos.
El primer paso para solicitar una baja por ansiedad es acudir al médico de cabecera para obtener un diagnóstico de los problemas de ansiedad. Sin este diagnóstico, no se puede solicitar la baja. En el caso de que los problemas de ansiedad tengan un origen laboral, se puede recurrir a la mutua colaboradora en lugar de a la Seguridad Social.
Si el médico lo considera necesario, tramitará la baja y el trabajador solo deberá presentarla ante la empresa. El Instituto Nacional de la Seguridad Social ha establecido criterios para la duración de la baja por ansiedad en función del diagnóstico:
- 15 días: en casos de trastorno adaptativo con ansiedad, o con ansiedad y depresión.
- 30 días: para trastorno de ansiedad generalizada y otros trastornos de ansiedad, especificados o no.
- 45 días: en trastornos de ansiedad fóbica sin origen específico y trastornos de pánico sin agorafobia.
- 60 días: en trastornos de ansiedad debido a una afección fisiológica conocida.
La incapacidad temporal por ansiedad puede extenderse hasta 365 días. Después de 12 meses, se puede prorrogar por otros 180 días si es necesario para la completa recuperación del trabajador. En casos de bajas de larga duración, la duración puede variar entre 6 meses y 2 años.
Además del diagnóstico médico, no existen requisitos específicos para solicitar esta baja. La única condición es estar afiliado a la Seguridad Social y tener un estado de alta. En cuanto a la cotización, se requiere haber cotizado al menos 180 días en los últimos 5 años para solicitar la baja. En el caso de causas profesionales de la ansiedad, no es necesario haber cumplido con este requisito de cotización.
La baja por ansiedad para autónomos
Los trabajadores por cuenta propia, especialmente los autónomos, forman un grupo especial en este contexto. Si un autónomo necesita estar de baja, debe cumplir con dos requisitos específicos.
-El primer requisito es contar con al menos 180 días cotizados. Esto significa que el autónomo debe haber pagado sus cotizaciones durante un mínimo de 180 días en un periodo determinado.
-El segundo requisito es no tener cuotas pendientes de pago con la Seguridad Social. Es importante que el autónomo esté al día con sus pagos y no tenga deudas o cuotas sin abonar.
Estos requisitos son necesarios para que un trabajador por cuenta propia pueda acceder a una baja en caso de ansiedad u otra incapacidad temporal. Cumplir con estas condiciones garantiza el respaldo y los derechos del autónomo durante su período de baja.
Derechos laborales del trabajador
Es innegable que la ansiedad representa un serio problema de salud mental. Sin embargo, hay personas que se sienten temerosas de solicitar una baja debido a las posibles repercusiones económicas que esto conlleva.
La pregunta que surge es: ¿cuánto se cobra estando de baja por ansiedad? Aquí existen diferencias según el origen de la ansiedad:
- Baja por contingencias comunes: Desde el cuarto hasta el vigésimo día de baja, se recibirá un 60% de la base reguladora. A partir del vigésimo primer día, el porcentaje aumenta al 75%.
- Baja por contingencias profesionales: Desde el primer día de baja, se cobra un 75% de la base reguladora.
Esta situación es similar a la de cualquier otra baja médica. En consecuencia, durante los primeros 15 días de baja, el empleador es responsable de abonar los pagos. A partir del decimosexto día, los pagos correrán a cargo del Instituto Nacional de la Seguridad Social o de la mutua colaboradora, según corresponda.
¿Me pueden despedir si estoy de baja por ansiedad?
Despedir a un empleado de baja por ansiedad no es una razón justificada para hacerlo. Como seguramente sepas, en España se requiere una justificación para llevar a cabo un despido. El hecho de estar ausente debido a razones médicas no lo justifica.
Por lo tanto, un trabajador que sea despedido durante una baja de este tipo puede reclamar la nulidad del despido. Es importante destacar que la ansiedad debe estar diagnosticada por un médico de la Seguridad Social o de la mutua que nos haya concedido la baja. No puedes quedarte en casa alegando problemas de ansiedad sin este diagnóstico.
Sin embargo, es posible que te despidan mientras estás de baja siempre y cuando exista una justificación que no esté relacionada con la situación u origen de la incapacidad.