RRHH

Gestión de la reducción de jornada laboral

Uno de los temas estrella sobre los derechos de los trabajadores es la reducción de jornada laboral y todo lo que está relacionado con ella.

Más que nada esto preocupa por la conciliación. Aquí conviene rememorar que no son sólo los individuos con hijos pequeños quienes requieren conciliar y poseen derecho a una jornada limitada. Hay más maneras a las que acogerse para tener reducción de jornada y las vamos a ver en este artículo.

La reducción de la jornada laboral conforme el Estatuto de los Trabajadores

La jornada reducida es un derecho que poseen los trabajadores y está recogido en el artículo 37.5 del Estatuto de los Trabajadores. Se apoya en que el trabajador va a destinar menos horas a su trabajo. Tanto el trabajador como el empresario tienen la posibilidad de pedir reducciones de jornada.

En el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores se habla de suspensión del contrato o reducción de jornada por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza más grande. Si la jornada de trabajo se disminuye por estas razones va a ser el empresario quien lo solicite.

En los supuestos del artículo 47, se entenderá por reducción de jornada el decrecimiento temporal de entre un 10 y un 70 por ciento de la jornada de trabajo computada sobre la base de una jornada diaria, semanal, mensual o anual. A lo largo de el lapso de reducción de jornada no van a poder desarrollarse horas extraordinarias salvo fuerza más grande.

El artículo 12 habla de la jubilación parcial de los trabajadores. Para que el trabajador logre entrar a la jubilación parcial, tendrá que concordar con su compañía una reducción de jornada y de sueldo de entre un mínimo del 25 por 100 y un mayor del 50 por 100. Además, la compañía tendrá que acordar al mismo tiempo un contrato de relevo, con objeto de suplir la jornada de trabajo dejada vacante por el trabajador que se jubila parcialmente.

Los trabajadores que tengan la importancia de víctimas de maltrato de género o de víctimas del terrorismo van a tener derecho o hacer positiva su custodia o su derecho a la ayuda social integral, a la reducción de la jornada de trabajo con disminución proporcional del sueldo o a la reordenación del tiempo de trabajo. Digo aquí dichos supuestos ya que no los vamos a ver en lo demás del artículo.

Tipos de jornadas reducidas

Un trabajador puede pedir a su compañía una jornada reducida por diferentes razones. Varias de las razones que explicamos en este apartado se hallan en el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores.

Reducción de jornada por maternidad, paternidad y/o cuidado de hijos

Todos los trabajadores, hombres y damas, poseen derecho a la reducción de su jornada gremial para proteger a un hijo menor de 12 años, con una disminución proporcional de su sueldo.

Además poseen derecho en los supuesto de lactación hasta que el hijo cumpla 9 meses. A lo largo de la lactación, los trabajadores y trabajadoras tienen la posibilidad de ausentarse a lo largo de una hora todos los días sin perder sueldo. Este permiso solo lo puede gozar uno de los progenitores en caso de que ambos trabajen.

El permiso de lactación se puede dividir en 2 medias horas por jornada y aumenta proporcionalmente en caso de parto múltiple.

Si está previsto en el pacto colectivo o si se acuerda con la compañía, tienen la posibilidad de sustituirse las horas de lactación por una reducción de media hora al día o además tienen la posibilidad de juntar las horas de lactación en jornadas consecutivas y sumarlas a la baja por maternidad.

En los casos de hospitalización de un hijo prematuro, los papás tienen la posibilidad de ausentarse a lo largo de una hora al día sin reducción de sueldo. Asimismo tienen la posibilidad de solicitar una reducción de 2 horas cotidianas con el decrecimiento proporcional del sueldo.

Además existe el derecho para proteger de un hijo como mayor de 18 años, por causas de hospitalización o procedimiento continuado gracias a patología grave acreditada por los organismos competentes.

Si 2 o más trabajadores de una compañía tuvieran derecho a reducción de horas de trabajo por el mismo hijo, el empresario puede definir el ejercicio de este derecho constantemente que estuviera justificado por la organización de la organización.

Reducción de jornada por estudios

La jornada reducida por estudios no existe como tal. Lo más semejante a ella se da en los contratos de formación. En ellos, por ley, el trabajador puede asistir tanto al trabajo como a la formación.

Si no hay un contrato de formación por medio, los trabajadores que estudian una cualquier formación poseen derecho a ausentarse para ir a los estudios, escoger momento de trabajo o adaptar la jornada laboral. Empero dichos supuestos no deben ver con la jornada limitada.

Reducción de jornada por cuidado de un familiar o de más grandes

Todos los trabajadores y trabajadoras poseen derecho a minimizar su jornada para proteger de parientes hasta el segundo nivel de consanguinidad o afinidad que no logren valerse por si mismos ni realicen una actividad retribuida.

La reducción del tiempo de trabajo lleva consigo el decrecimiento proporcional del sueldo y se puede gozar a lo largo de la era que sea primordial, no hay límite temporal.

Reducción de jornada por guarda legal

Puede solicitar una jornada reducida cualquier trabajador o trabajadora que sea responsable de la guarda legal de:

  • Menores de 12 años.
  • Personas con discapacidad física, psíquica o sensorial.
  • Parientes hasta el segundo nivel de consanguinidad o afinidad, que por causas de edad, infortunio o patología no logren valerse por sí mismos.
  • Menores de 18 años hospitalizados o en procedimiento de cáncer o patología grave.

Este derecho únicamente se dará si los individuos cuidadas no hacen ocupaciones retribuidas.

Reducción de jornada sin motivo

De consenso con el Estatuto de los Trabajadores, todo empleado por cuenta ajena tiene derecho a pedir minimizar la jornada para conciliar su historia familiar y gremial sin necesidad de alegar ni una causa justificada.

En los casos especificados anteriormente, como cuidado de hijos, parientes más grandes o enfermos y guarda legal, la organización suele verse impuesta a admitir la demanda del trabajador.

Empero, si deseas solicitar reducción de jornada sin ningún fundamento de los anteriores, tendrás que ponerte en contacto con el departamento de Recursos Humanos de tu organización y justificar dicha demanda.

Deberás enseñar tu compromiso de que esa reducción no perjudicará a tu productividad e implicación en el trabajo. De esta forma la organización estudiará las posibilidades que se ajusten a sus necesidades y a tu súplica.

Asegúrate de que la minimizar la jornada por motivos individuales implica una reducción de tu base salarial, accesorios salariales y días de vacaciones.

Reducción de jornada voluntaria

La súplica de jornada limitada por parte del trabajador, en los supuestos de este apartado, es constantemente voluntaria. Es un derecho que tiene, empero no es algo a eso que le obligue la ley o la organización. Ejemplificando, hay muchas madres que la piden por cuidado de hijos, sin embargo no cada una de pues no poseen ni una obligación de realizarlo.

Aspectos a tener en cuenta en una reducción de las horas

El hecho de trabajar con jornada limitada no deja las cosas como estaban previamente. Se debe tener bastante presente las variaciones en las condiciones de horarios, salarios, plazos y duración de la jornada limitada.

Plazos de las jornadas reducidas

Un trabajador que desee minimizar la jornada debería solicitarlo a la compañía con quince días de anticipación y por escrito. La compañía no puede negarse pues es un derecho.

Una vez que el trabajador desee volver a incorporarse al horario completo debería avisar con quince días de anticipación o lo cual determine el pacto colectivo, detallando la fecha en que finalizará el lapso de goce de la reducción.

Horario de la jornada reducida

El trabajador con una jornada limitada llevará un horario distinto, el cual debería determinar con la organización.

La reducción de horas de jornada va a ser de un octavo por lo menos a la mitad como mayor en los próximos casos:

  • Guarda legal.
  • Cuidado de menores de 12 años.
  • Personas con discapacidad física, psíquica o sensorial que no trabajen.
  • Familiar hasta segundo nivel de consanguinidad que por patología, infortunio o edad no se valga por sí solo y no trabaje.

Para proteger a un hijo de edad menor o igual a 18 años por causas de hospitalización o procedimiento continuado gracias a patología grave acreditada por los organismos competentes, el mínimo de reducción es la mitad de la jornada y no hay mayor predeterminado.

Salario del empleado

Una jornada reducida continuamente lleva consigo la reducción proporcional del sueldo.

Hay ciertos otros supuestos que no llevan reducción del sueldo, como el permiso de lactación y la hospitalización de hijo prematuro, ejemplificando, sin embargo aquellos casos no son propiamente una jornada limitada.

Duración de la jornada reducida

La reducción de las horas se prolongará hasta que dure el supuesto que la justifica, como más alto.

Ejemplificando, un papá puede tener reducción hasta que sus hijos tengan 12 años empero puede finalizarla anteriormente, constantemente y una vez que avise a la organización con quince días de anticipación.

Desde la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, el cálculo de la jornada limitada debería hacerse sobre la jornada diaria.

Aspectos excepcionales de la jornada reducida

Hasta ahora hemos comentado de la reducción de horas laborales como un derecho del trabajador, sin embargo además hemos dicho frente a que esta reducción podría ser solicitada por el empresario en varias ocasiones. Vamos a ver la situación de los ERE, ERTE y los despidos.

Reducción de jornada y ERE o ERTE

Para describir este apartado vamos a referirnos a los ERTE por estar bastante más de actualidad, sin embargo funciona todo del mismo modo con los ERE.

A lo largo de un ERTE de reducción de horas laborales por tiempo definido, los trabajadores dañados siguen haciendo un trabajo sin embargo con horario limitado. Esto implica una jornada de trabajo limitada diaria o bien del número de días trabajados a la semana.

A lo largo de el ERTE de reducción de jornada, la organización sigue pagando al empleado por las horas que labora y lo demás se lo paga el SEPE (Servicio Público de Trabajo Estatal).

Reducción de jornada a lo largo de la crisis del covid-19

La crisis del covid-19 ha supuesto enormes cambios para las organizaciones y algunas tuvieron que cerrar o recurrir a un ERTE dada la bajada de su actividad. La situación más claro que hemos tenido de esto en España es la zona de la hostelería.

Una vez que una compañía requiere acogerse a un ERTE tiene que exponer la solicitud a la Autoridad Laboral de su Sociedad Autónoma para su asentimiento. Este ERTE puede dar por sentado minimizar la jornada de los trabajadores.

Despido y reducción de jornada

Una vez que un trabajador está haciendo un trabajo con jornada reducida por cuidado de hijos (biológicos, adoptados o en guarda legal) está en especial salvaguardado y, de acuerdo con el Estatuto de los Trabajadores, no se le logre despedir por razones no ciertas, o no justificadas o por causas de discriminación prohibidas por la legislación. Si fuese de esta forma el despido podría ser nulo.

Sin embargo sí que podría ser despedido una vez que exista una causa legal para eso. Las razones para despedir a un trabajador con jornada limitada por cuidado de hijos no tienen la posibilidad de estar involucrados con el caso del trabajador empero sí tienen la posibilidad de ser razones disciplinarias (mala conducta del trabajador) u objetivas (despido colectivo, recíproco acuerdo, finalización del contrato, dimisión del trabajador, etcétera.) que justifiquen el despido. En dichos casos el despido va a ser legal.

La diferencia entre un trabajador salvaguardado por la jornada limitada por cuidado de hijos y otro que no lo está se basa en que, una vez que no exista causa legal para la extinción del contrato o despido, el primero, al proclamarse su despido nulo, va a tener derecho a la readmisión en la organización.

En el segundo caso, la organización va a poder reconocer la improcedencia del despido y extinguir la interacción gremial con una compensación de más grande cuantía.

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